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Federación de Industrias
de Alimentación y Bebidas |
POSICION
DE FIAB RESPECTO A LA UTILIZACION DE LA BIOTECNOLOGIA EN LA ALIMENTACION
La Federación Española de Industrias de Alimentación
y Bebidas, en nombre de todos sus asociados, hace pública
su posición respecto a la utilización de la Biotecnología
en alimentación y en ese sentido manifiesta: •
Las empresas alimentarias españolas están firmemente
comprometidas con sus consumidores en garantizar el mantenimiento
de la seguridad alimentaria de los productos que elaboran y ofrecerles
alimentos sanos y seguros que satisfagan sus necesidades. • Las
empresas alimentarias saben que la mejor forma de cumplir sus obligaciones
con la sociedad es la de satisfacer las necesidades del consumidor,
y entre ellas está la de garantizar la seguridad de los alimentos
que fabrican, mediante el cumplimiento del exigente marco legal
basado en el conocimiento científico.
Todos los productos alimenticios están sometidos a una estricta
legislación sobre su seguridad alimentaria, que tiene base
científica avalada por organismos internacionales independientes.
Las Autoridades de la Unión Europea y las de cada uno de
los países miembro han promulgado una legislación
extraordinariamente estricta1 para permitir
que puedan utilizarse sólo materias primas obtenidas de cultivos
que cumplan las exigencias prescritas. Entendemos que estas materias
primas cumplen todas las condiciones que aseguran su inocuidad y,
por lo tanto, su uso no representa ningún riesgo para la
salud de los consumidores ni del medio ambiente.
Desde hace más de 20 años, los investigadores, en
el seno de las empresas o de los institutos de investigación,
estudian los organismos modificados genéticamente (OMG).
Los estudios científicos previos a la salida al mercado de
las primeras plantas transgénicas permiten garantizar que
presentan el mismo grado de seguridad que las variedades tradicionales.
Esta misma tecnología se utiliza desde hace años en
productos farmacéuticos obteniendo importantes beneficios
para la salud, sin que se haya levantado la más mínima
polémica al respecto.
Con el fin de garantizar el derecho a la información del
consumidor, y a pesar de que la seguridad de los alimentos con OGM
o sin OGM es la misma, las reglamentaciones españolas y europeas
2 establecen la obligatoriedad de etiquetar
los productos alimenticios que contengan elementos con modificaciones
genéticas.
Además de la información que se transmite en el etiquetado,
un gran número de empresas del sector agroalimentario y de
la distribución han puesto en funcionamiento unos servicios
de atención al consumidor. Estos servicios, cuyos datos figuran
en los envases, dan respuesta a las preguntas relativas a los productos.
El cumplimiento de todos los requisitos exigidos por la legislación
de la Unión Europea y España para la elaboración
y comercialización, tanto de los ingredientes como de los
productos alimenticios, proporciona la necesaria seguridad y es
la mejor garantía para el consumidor.
En conclusión, esta Federación de Industrias reitera
que la mejor forma de cumplir nuestra obligación de poner
en el mercado productos seguros para el consumidor, es la de seguir
las indicaciones del marco legal basado en los conocimientos científicos.
1 Directiva 2001/18/CE del Parlamento Europeo
y del Consejo, de 12 de Marzo de 2001, sobre la liberación
intencional en el medio ambiente de organismos modificados genéticamente
y por la se deroga la Directiva 90/220/CEE del Consejo.
2 Reglamento (CE) nš 1139/98 del Consejo, relativo a la indicación
obligatoria, en el etiquetado de determinados productos alimenticios
fabricados a partir de organismos modificados genéticamente,
de información distinta de la prevista en la Directiva
79/112/CEE.
Reglamento (CE) nš 50/2000 de la Comisión, de 10 de Enero
de 2000, relativo al etiquetado de los productos alimenticios
e ingredientes alimentarios que contienen aditivos y aromas modificados
genéticamente o producidos a partir de organismos genéticamente
modificados. |